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(Actos adoptados en aplicación del Tratado UE) ACTOS ADOPTADOS EN APLICACIÓN DEL TÍTULO V DEL TRATADO UE DECISIÓN 2008/974/PESC DEL CONSEJO
de 18 de diciembre de 2008
de apoyo al Código Internacional de Conducta contra la Proliferación de Misiles Balísticos en el
contexto de la aplicación de la Estrategia de la UE contra la proliferación de armas de destrucción

El 23 de mayo de 2007, el Consejo decidió tomar me­didas para fomentar la universalidad del Código de Con­ducta de La Haya y el cumplimiento de sus principios. A Visto el Tratado de la Unión Europea, y en particular su ar­ tal fin se organizó, paralelamente a la Reunión Anual de tículo 13, apartado 3, y su artículo 23, apartado 1, los Estados suscriptores de 2007, un seminario en el queparticiparon los principales Estados con capacidades en materia de misiles balísticos, incluidos aquellos que nohan suscrito el Código. La UE considera prioritario queeste diálogo entre los Estados suscriptores y no suscrip­ El 12 de diciembre de 2003, el Consejo Europeo adoptó tores del Código continúe, con el fin de seguir impul­ la Estrategia de la UE contra la proliferación de armas de sando la universalidad del Código y mejorando su apli­ destrucción masiva, cuyo capítulo III contiene una lista cación y su fomento. La presente Decisión debe contri­ de medidas que han de ser adoptadas tanto en la Unión Europea (UE) como en terceros países con el fin decombatir esa proliferación.
La UE está aplicando activamente esa Estrategia y dandoefecto a las medidas enumeradas en sus capítulos II y III,por ejemplo mediante la liberación de recursos financie­ ros para apoyar proyectos específicamente orientados a Con el fin de garantizar la aplicación continuada y prác­ mejorar el sistema multilateral de no proliferación y las tica de determinados elementos de la Estrategia de la UE contra medidas de fomento de la confianza. El Código Interna­ la proliferación de armas de destrucción masiva, la UE apoyará cional de Conducta contra la Proliferación de Misiles las actividades de los Estados suscriptores del Código a fin de Balísticos (denominado en lo sucesivo «el Código» o «ICOC») forma parte integrante de dicho sistema. Tienepor objetivo prevenir y reducir la proliferación de lossistemas de misiles balísticos capaces de transportar ar­ a) promover la universalidad del Código, y en particular su mas de destrucción masiva y de las tecnologías conexas.
suscripción por todos los Estados que tienen capacidadesen materia de misiles balísticos; El 17 de noviembre de 2003, el Consejo adoptó la Po­sición Común 2003/805/PESC (1) del Consejo sobre launiversalización y refuerzo de los acuerdos multilaterales relativos a la no proliferación de las armas de destrucciónmasiva y sus vectores. Entre los objetivos enunciados endicha Posición Común figuran el de promover la suscrip­ ción del Código por el mayor número de países posible,en especial los que tienen capacidades en el ámbito de losmisiles balísticos, así como el de seguir desarrollando y En este contexto, la Unión Europea apoyará proyectos que aplicando el Código, en particular las medidas de éste que tengan por objeto las siguientes actividades específicas: tienen por objeto fomentar la confianza, y el de promo­ver una relación más estrecha entre el Código y el sis­tema multilateral de no proliferación de las Naciones a) proporcionar medios para organizar actividades de divulga­ ción focalizadas, por ejemplo en forma de seminarios, con elfin de promover nuevas suscripciones al Código en la región b) proporcionar medios financieros y técnicos para facilitar, por Los gastos financiados con cargo al importe establecido en una parte, el intercambio de información entre los Estados el apartado 1 se gestionarán de conformidad con las normas y suscriptores y, por otra, una visita de observadores interna­ los procedimientos aplicables al presupuesto general de las Co­ cionales a las instalaciones de ensayo y lanzamiento de ve­ hículos lanzadores espaciales (SLV), que los Estados suscrip­tores han decidido tomar en consideración de modo volun­ La Comisión supervisará la adecuada gestión del gasto a tario de conformidad con el artículo 4, letra a), inciso ii), del que se refiere el apartado 2, que adoptará la forma de subven­ ciones. A tal fin, celebrará un acuerdo de financiación con laFRS. En el acuerdo de financiación se estipulará que la FRS c) proporcionar medios para impulsar un debate entre los Es­ deberá garantizar que la contribución de la UE tenga una pro­ tados suscriptores acerca de la forma de preservar la vigencia yección pública acorde con su cuantía.
y viabilidad del Código. Este debate deberá hacerse teniendoespecialmente en cuenta la evolución que se está registrandoen lo que respecta a la proliferación de misiles balísticos y al La Comisión procurará celebrar el acuerdo de financiación marco institucional y jurídico internacional relacionado con mencionado en el apartado 3 lo antes posible una vez haya entrado en vigor la presente Decisión. Informará al Consejo decualquier dificultad que surja en ese proceso y de la fecha decelebración del acuerdo de financiación.
Estos proyectos se llevarán a cabo en beneficio tanto de losEstados que han suscrito el Código como de los que no lohan hecho.
La Presidencia, asistida por el SGAR, informará al Consejo de la Los proyectos se describen pormenorizadamente en el anexo.
aplicación de la presente Decisión basándose en los informesperiódicos de la FRS. El Consejo realizará una evaluación sobre la base de dichos informes. La Comisión estará plenamente La Presidencia, asistida por el Secretario General del Con­ asociada a esta labor. Facilitará información sobre los aspectos sejo de la Unión Europea, Alto Representante de la Política financieros de la ejecución de la presente Decisión.
Exterior y de Seguridad Común (SGAR), será responsable dela ejecución de la presente Decisión. La Comisión estará plena­ La presente Decisión surtirá efecto el día de su adopción.
La Fundación de Investigación Estratégica de París (FRS) se hará cargo de la ejecución técnica de los proyectos mencionados Caducará en el plazo de 24 meses a partir del día en que surta efectos, salvo que se haya celebrado un acuerdo de financiaciónentre la Comisión y la FRS antes de que finalice dicho plazo, en La FRS desempeñará su función bajo el control del SGAR, que cuyo caso la presente Decisión caducará a los 24 meses de la asistirá a la Presidencia, y en estrecha consulta con la Presidencia fecha de celebración del acuerdo de financiación.
de las reuniones anuales de los Estados suscriptores del Códigoasí como con Austria, en su calidad de Contacto Central Inme­ diato (CCI)/Secretaría Ejecutiva del Código. A tal fin, el SGARestablecerá los acuerdos necesarios con la FRS.
La presente Decisión se publicará en el Diario Oficial de la UniónEuropea.
La Presidencia, el SGAR y la Comisión intercambiarán regularmente información sobre la aplicación de la presenteDecisión, de conformidad con sus respectivas competencias.
Hecho en Bruselas, el 18 de diciembre de 2008.
El importe de referencia financiera para la ejecución de los proyectos enumerados en el artículo 1, apartado 2, será de Apoyo de la UE al Código Internacional de Conducta contra la Proliferación de Misiles Balísticos en el contexto
de la aplicación de la Estrategia de la UE contra la proliferación de armas de destrucción masiva
Objetivos
La Unión Europea ha apoyado firmemente el Código desde su concepción. Considera que es un importanteinstrumento multilateral, encaminado a reducir la proliferación de los sistemas de misiles balísticos y de lastecnologías conexas mediante medidas de transparencia y fomento de la confianza. Todos los Estados miembrosde la Unión Europea han suscrito el Código y están aplicándolo de buena fe.
En el pasado, la Unión Europea intentó superar las lagunas subsistentes en lo tocante a la aplicación del Código y asu universalidad mediante la organización de un seminario al que asistieron países que habían suscrito el Código ypaíses que no lo habían hecho; este seminario se celebró paralelamente a la Reunión Anual de 2007. Alentada porlos resultados del seminario, la Unión Europea desea continuar esa iniciativa y apoyar los tres aspectos del Códigosiguientes: — Mejora del Código y de su funcionamiento.
Descripción de los proyectos
Proyecto 1: Promoción de la universalidad del Código 2.1.1. F i n a l i d a d d e l p r o y e c t o Aunque las dos terceras partes de los Estados miembros de las Naciones Unidas han suscrito el Código, quedamucho por hacer para convertirlo en un instrumento universal. A lo largo de sus reuniones anuales, los Estadossuscriptores han tomado nota de que la renuencia de los Estados no suscriptores a suscribir el Código obedece amuy diversos motivos, desde el desconocimiento o la incomprensión de su contenido hasta razones de índole máspolítica.
2.1.2. R e s u l t a d o s d e l p r o y e c t o — Sensibilizar a los destinatarios respecto del contenido del Código, aumentar la comprensión de éste y lograr — Aumentar la interacción entre los Estados que han suscrito el Código y los que no lo han hecho.
— Aumentar el número de Estados suscriptores del Código.
2.1.3. D e s c r i p c i ó n d e l p r o y e c t o Este proyecto prevé la organización de dos seminarios: — Un seminario de sensibilización para la región en la que menos países han suscrito el Código.
En África, los siguientes países no han suscrito el Código: Angola, Argelia, Botsuana, República Centroafricana,Costa de Marfil, República Democrática del Congo, Egipto, Lesotho, Namibia, República del Congo, Somalia,Suazilandia, Togo y Zimbabue.
— Un seminario de carácter general, similar al que se organizó paralelamente a la Reunión Anual de Estados suscriptores de 2007, que centró y articuló los intercambios en torno a consideraciones técnicas, políticas y deseguridad relacionadas con la proliferación de misiles balísticos y a la vigencia del Código.
Proyecto 2: Apoyo a la aplicación del Código por los Estados suscriptores 2.2.1. F i n a l i d a d d e l p r o y e c t o El Código constituye un importante instrumento para frenar la proliferación de misiles balísticos y tecnologíasconexas mediante medidas de transparencia y fomento de la confianza, pero es preciso hacer mayor hincapié en lapromoción de la mejora de los intercambios entre los Estados suscriptores. Este proyecto se centrará en aquellosaspectos de los intercambios respecto de los cuales pueden lograrse mejoras tangibles.
2.2.2. R e s u l t a d o s d e l p r o y e c t o — Creación de un prototipo de mecanismo de información y comunicación seguro basado en internet (e-ICC) que permita un intercambio de información más rápido, más sencillo y seguro entre los Estados suscriptores y queposibilite la difusión electrónica de documentos.
— En caso de que los Estados suscriptores decidieran en su reunión anual implantar un e-ICC, se podría hacer — Prestación de mayor apoyo para una visita de observadores a las instalaciones de lanzamiento y ensayo de SLV.
2.2.3. D e s c r i p c i ó n d e l p r o y e c t o El proyecto consta de dos tipos de medidas: a) Facilitación de la comunicación y el intercambio de información entre los Estados suscriptores mediante la creación de un e-ICC. La experiencia adquirida por Francia con el sistema de puntos de contacto electrónicos (e-POC) del Régimen de Control de la Tecnología de Misiles (RCTM) reviste especial interés para este proyecto.
Dado que la decisión de crear semejante sistema ha de ser tomada por los Estados suscriptores del Código en sureunión anual, este proyecto se ejecutará en dos fases. La ejecución de la segunda estará supeditada al resultadode las deliberaciones sobre el e-ICC que los Estados suscriptores mantengan durante la reunión anual.
Primera fase: Propuesta de la UE a los Estados suscriptores del Código de que se cree un e-ICC Se preparará un prototipo de un e-ICC para presentarlo a los Estados suscriptores, posiblemente en 2009, y serecabará información sobre su funcionamiento de dichos Estados.
Segunda fase: Conversión del prototipo de e-ICC en un sistema operativo En caso de que los Estados suscriptores decidieran establecer un e-ICC en la reunión anual, se podría trans­formar el prototipo en un sistema operativo. Para ello se transferirían al CCI/Secretaría Ejecutiva los conoci­mientos técnicos y los elementos materiales del prototipo, a efectos de gestión, y se proporcionaría formacióntanto al CCI como a los Estados suscriptores.
b) Aportación de medios de financiación para una visita de observadores internacionales a las instalaciones de ensayo y lanzamiento de SLV de los Estados miembros de la UE.
Proyecto 3: Promoción de la mejora del Código y de su funcionamiento 2.3.1. F i n a l i d a d d e l p r o y e c t o El contexto de la seguridad está en constante evolución, también en el ámbito de la proliferación de vectores dearmas de destrucción masiva. Los Estados suscriptores se reúnen todos los años para evaluar la aplicación delCódigo y las nuevas tendencias en materia de proliferación de misiles balísticos y tecnologías conexas.
Este proyecto promoverá un debate en profundidad entre los Estados suscriptores, con la participación, cuandoproceda, de Estados no suscriptores, en un entorno más informal, y permitirá acceder a los conocimientos técnicosespecializados sobre proliferación de misiles balísticos existentes fuera de los círculos de las administracionespúblicas. Los resultados del proyecto podrían presentarse, como documento para continuar la reflexión, a lareunión anual de Estados suscriptores.
2.3.2. R e s u l t a d o s d e l p r o y e c t o — Mejor comprensión de las tendencias actuales en materia de proliferación de misiles balísticos y programas de SLV, y formulación de recomendaciones a los Estados suscriptores.
— Análisis de las opciones disponibles para motivar a los Estados suscriptores a llevar a cabo los programas de — Mejor comprensión de las relaciones entre el Código, el RCTM y los acuerdos bilaterales y regionales sobre medidas de fomento de la confianza para impulsar el objetivo de la no proliferación de misiles, y formulaciónde recomendaciones de actuación.
— Elaboración de documentos de trabajo u otras formas de documentación, a partir de los seminarios, que la UE podría presentar a la reunión anual del Código.
2.3.3. D e s c r i p c i ó n d e l p r o y e c t o El proyecto constará de dos tipos de actividades: a) Financiación de un estudio sobre las tendencias actuales del sector de los misiles balísticos, sobre la dinámica de su proliferación y sobre los programas de SLV. El estudio podría presentarse como documento de reflexióna la reunión anual de Estados suscriptores. Al llevar a cabo este estudio, la FRS velará por que no se repita eltrabajo del Grupo de Expertos Gubernamentales de las Naciones Unidas.
(b) Financiación de seminarios de expertos de las administraciones públicas y del sector no gubernamental de los Estados suscriptores y no suscriptores. Los seminarios podrían organizarse de modo que se celebraran para­lelamente a las reuniones anuales. Sus resultados podrían presentarse como documento de trabajo a la reuniónanual de Estados suscriptores. En los seminarios se abordarán las siguientes cuestiones: — Relación entre el Código, el RCTM y los acuerdos bilaterales y regionales sobre medidas de fomento de la confianza para impulsar el objetivo de la no proliferación de misiles, y relación entre el Código y el sistemade las Naciones Unidas (AGNU).
— Forma de motivar a los Estados suscriptores para que lleven a cabo los programas de misiles balísticos y de Duración
Se calcula que la ejecución de los proyectos se llevaría a cabo en 24 meses.
Beneficiarios
Los beneficiarios de los proyectos previstos en la presente Decisión serían Estados suscriptores del Código yEstados que aún no lo han suscrito.
La selección final de los Estados beneficiarios se hará mediante consultas entre la entidad de ejecución y laPresidencia, con la asistencia del SGAR que mantendrá estrechas consultas con los Estados miembros y laComisión en el marco del grupo de trabajo competente del Consejo. La decisión final se basará en las propuestasde la entidad de ejecución con arreglo al artículo 2, apartado 2.
Entidad de ejecución
La ejecución técnica de los proyectos se encomendará a la FRS. De la ejecución directa de los proyectos se harácargo el personal de la FRS o de las entidades con las que ésta coopera, el Instituto de Investigación para la Paz yde Política de Seguridad de la Universidad de Hamburgo y el Centro de Investigación Espacial de Polonia, sito enVarsovia.
a) Informes trimestrales sobre la ejecución de los proyectos.
b) Un informe final que presentará a más tardar un mes después de que finalice la ejecución de los proyectos.
Los informes se remitirán a la Presidencia, que contará con la asistencia del SGAR.
La FRS garantizará que la contribución de la UE tenga una proyección pública acorde con su cuantía.
Participación de terceros
Los proyectos se financiarán en su totalidad con cargo a la presente Decisión. Se podrá considerar la posibilidad deque participen en ellos, en calidad de terceros, expertos de los Estados suscriptores o de Estados que no hayansuscrito aún el Código. Dichos expertos se regirán en su trabajo por las normas habituales de la FRS.

Source: http://www.hcoc.at/documents/acts-sp.pdf

Jop060142 231.238

Effect of Autogenous Cortical BoneParticulate in Conjunction With EnamelMatrix Derivative in the Treatment ofPeriodontal Intraosseous DefectsLuigi Guida,* Marco Annunziata,* Salvatore Belardo,* Roberto Farina,† Alessandro Scabbia,†and Leonardo Trombelli†Background: The aim of the present study was to assess theadditional clinical benefit of autogenous cortical bone particu-late (ACBP) when

curriculum vitae

Curriculum di Nicoletta Fiorentino 1, nata ad Avellino 10/03/1961 E residente ad Ospedaletto d’Alpinolo (AV); in via Cda Curti, 1 1. Studi accademici. 1. Laurea in Medicina e Chirurgia conseguita presso l’Università di Napoli (1990) e abilitazione all’esercizio della Professione (1990) 2. Training professionali post laurea 2.1 Corsi quadriennali con titolo finale di spec

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